¿Porque razón los Mecanismos Alternativos De Solución De Conflicto?
“Para la corte resulta claro que la justicia estatal formal
no siempre es efectiva, en especial cuando no se han previsto recursos
judiciales idóneos y suficientes que faciliten la solución pacífica de
conflictos, o cuando la complejidad de los procedimientos o de las condiciones
de tiempo, modo y lugar exigidas por el legislador restringen la capacidad de
alcanzar el goce efectivo de los derechos cuya protección se busca al acudir a
las instancias judiciales. Los mecanismos alternativos de resolución de
conflictos no representan una desconfianza total hacia la justicia estatal
formal, sino un reconocimiento de que procedimientos menos formales y
alternativas de justicia autocompositiva complementan las opciones a las cuales
pueden acudir las personas para resolver sus disputas. Por ello, mecanismos
como la mediación y la conciliación más que medios de descongestión judicial,
son instrumentos para garantizar el acceso efectivo a la justicia y promover la
resolución pacífica de los conflictos.”. (tomado de Mecanismos alternativos de
conflictos.. de Maria Cristina Escudero. ed. Leyer séptima edición)
Publicado por Mauricio Cadena R.
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