DOCUMENTO CONPES DNP-3077-UDS
(Bogotá, junio 01 de 2000)
DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN
POLITICA NACIONAL PARA LA CONSTRUCCIÓN DE PAZ Y CONVIVENCIA
FAMILIAR -HAZ PAZ
Documento original: CONPES DNP-3077-UDS
CONTENIDO
I.
INTRODUCCIÓN
II.
DIAGNÓSTICO
III.
OBJETIVOS
1.
GENERAL
2.
ESPECIFICOS
IV.
COMPONENTES Y LINEAS DE ACCIÓN
1.
Prevención de los factores que originan y mantienen la respuesta violenta en la
familia y en los espacios cotidianos.
2.
Vigilancia y detección temprana de la utilización de la violencia como forma de
relación y de resolución del conflicto en el hogar.
3.
Atención de las personas y familias con episodios de violencia y maltrato
infantil y atención de agresores de violencia doméstica y maltrato y abuso
sexual infantil.
V.
COMPETENCIAS INSTITUCIONALES
VI.
RECOMENDACIONES
I. INTRODUCCIÓN
En
Colombia, la violencia como medio de resolución de diferencias y conflictos se
presenta también al interior de las familias. La Ley 294 de 1996 reconoció a la
violencia en la familia como delito y la Ley 360 de 1997 amplió el espectro de
posibilidades de intervención en el caso de abuso sexual; estas normas han
permitido poner en evidencia un número cada vez mayor de casos de violencia
física y abuso sexual en la familia y dimensionar el problema:
·
Entre 1996 y 1998, del total de dictámenes del Instituto Nacional de Medicina
Legal y Ciencias Forenses (INML y CF), alrededor del 82% correspondió a
maltrato conyugal y en el 93% de los casos la víctima fue una mujer.
·
En la Encuesta de Demografía y Salud, realizada en 1990 y 1995, una de cada
cinco mujeres dijeron haber sido maltratadas físicamente por su cónyuge o
compañero, esta proporción se incrementa en las mujeres sin educación y con 4 ó
más hijos.
·
El INML y CF dictaminó un total de 9.611 casos de maltrato infantil en 1998. De
los casos de delito sexual evidente contra menores de edad registrados en
Bogotá en el primer semestre de 1997, el 89% fueron contra niñas y mujeres
jóvenes y el 93% fueron cometidos por persona conocida como el padre, padrastro
u otro familiar.
·
En 1998, alrededor del 50% las víctimas de abuso sexual dictaminadas por el
INML y CF fueron niñas de 5 a 14 años. En el sexo masculino los más afectados
fueron los niños entre 1 y 4 años
Teniendo
en cuenta estos hechos, y en cumplimiento de la Constitución, y consecuente con
el compromiso adquirido en el Plan Nacional de Desarrollo con la construcción
de paz, el gobierno ha asumido el desafío de prevenir y combatir la violencia
intrafamiliar, diseñando una política pública dirigida al fortalecimiento de la
paz al interior de hogar y al respeto de los derechos de sus miembros sin
distingo de condición, edad, genero, cultura y capacidad física e intelectual.
Haz
paz articula y dinamiza los programas y proyectos
existentes en el Estado. A través de haz paz, el
gobierno nacional busca unificar los propósitos, los criterios y las
estrategias de los diferentes programas que trabajan en el mejoramiento de las
relaciones familiares, en la prevención de la violencia intrafamiliar, y en la
atención de sus consecuencias. Su fortaleza radica en lograr propósitos
comunes, a partir de acciones sectoriales que mantienen su especificidad, pero
que orientan su quehacer al logro de la integralidad de la política. El
resultado de esta acción armonizadora de las diferentes entidades del Estado,
debe generar un impacto sobre las condiciones de vida de las familias y las
comunidades. Estos procesos de articulación, armonización y de consolidación de
propósitos comunes deben propiciarse en todos y entre todos los niveles
territoriales.
El
gobierno busca prevenir y controlar la violencia intrafamiliar, con una
estrategia orientada a apoyar a los individuos, a las familias y a las
comunidades en su misión de transmitir principios y valores democráticos y de
convivencia; así mismo, a dotar a los núcleos básicos de la comunidad de los
instrumentos apropiados para resolver los conflictos en forma pacífica. Se
busca también incrementar y cualificar la prestación de servicios a las
familias en conflicto y a las víctimas de violencia intrafamiliar, a través de
una articulación de los sectores de educación, justicia, salud, seguridad y
protección.
La
política de construcción de paz y convivencia familiar haz paz propone
un cambio en la cultura y en el ideario colectivo que incida sobre los factores
que originan y mantienen la respuesta violenta en la familia, en lo que se
refiere a: el papel disciplinario de los padres y madres con los hijos e hijas
y la forma de ejercer autoridad; la subordinación de la mujer al hombre; la
relación con los miembros más débiles de la familia y el papel de la sociedad y
de las instituciones en ayudar a resolver los conflictos de la familia.
Para
el éxito en la ejecución de una política de esta naturaleza se requiere la
participación de todos los sectores del ejecutivo, del Ministerio Público, de
la rama judicial, y de los órganos legislativos, en el orden nacional,
departamental y municipal y de la sociedad en su conjunto. Estos órganos deben
articular su acción desde el diseño del Plan de Acción, en la elaboración de
los proyectos y programas, y en la prestación de los servicios de prevención,
detección temprana y atención al conflicto familiar.
El
programa estará orientado por la Consejería de Política Social, que buscará la
institucionalización de la política, así como su continuidad y sostenibilidad.
Su ejecución estará a cargo de las siguientes entidades: Ministerios de Salud,
Educación, Justicia, Interior, Cultura, Trabajo y Comunicaciones; la Red de
Solidaridad Social; el Instituto de Bienestar Familiar; la Defensoría del
Pueblo; el Consejo Superior de la Judicatura; la Procuraduría y la Fiscalía
General de la Nación; el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias
Forenses; la Policía Nacional; el programa presidencial Rumbos y los distintos
niveles de las entidades territoriales, cada una en su especialidad y según sus
funciones.
II.
DIAGNOSTICO
Las
cifras sobre violencia intrafamiliar de Colombia, revelan de manera muy clara,
que la violencia, como medio de resolución de los conflictos, está presente en
gran magnitud al interior de las familias. A raíz de la expedición de la Ley
294 de 1996(1), que dio reconocimiento legítimo a la violencia en la familia
como delito, y de la Ley 360(2) de 1997, que amplió el espectro de
posibilidades de intervención en el caso de abuso sexual, se ha puesto en
conocimiento de las autoridades un número cada vez mayor de casos de violencia
física y abuso sexual en la familia.
La
primera y principal forma de violencia en la familia se presenta entre
cónyuges. Entre 1996 y 1998, del total de dictámenes que efectuó el Instituto
Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses – INML y CF - en
mayores de 18 años, alrededor del 82% correspondió a maltrato conyugal y en el
93% de los casos la víctima fue una mujer. Igualmente, la Encuesta Nacional de
Demografía y Salud (ENDS), muestra que tanto en 1990 como en 1995 una de cada
cinco mujeres refirieron haber sido maltratadas físicamente por su cónyuge o
compañero; esta proporción se incrementa en las mujeres sin educación y con 4 o
más hijos. En la misma encuesta, del total de mujeres golpeadas por su cónyuge,
sólo el 27% denunció el hecho ante las autoridades. Sin embargo, la tendencia a
reportar el maltrato ha aumentado en los últimos años.
El
INML y CF dictaminó un total de 9.611 casos de maltrato infantil en 1998. Una
de las formas de violencia contra los niños y las niñas que menos se denuncian
es el abuso sexual. De los casos de delito sexual evidente contra menores de
edad, que conoció INML y CF en Bogotá en el primer semestre de 1997, el 89% fue
contra niñas y mujeres jóvenes y el 93% fueron cometidos por persona conocida
como el padre, padrastro u otro familiar. En 1998, del total de dictámenes de
INMLyCF por abuso sexual, en alrededor del 50% las víctimas fueron niñas de 5 a
14 años. En el sexo masculino, los más afectados fueron los niños entre uno y
cuatro años.
Una
proporción de menores de edad, difícil de establecer, es explotada sexualmente,
por lo general por su misma familia o adultos cercanos. El estudio del
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar-ICBF- y la Fundación para la
Educación Superior -FES -(3) estimó que 21.000 menores podrían ser víctimas de
esta forma de abuso sexual en todo el país. En 1996, el ICBF registró alrededor
de cuarenta mil historias de menores de edad que se encontraban en situación de
abandono, maltrato o negligencia.(4)
Posterior
a la Ley 360 de 19975 se observaron avances en la sanción del abuso sexual. Por
ejemplo, de los casos de abuso sexual reportados por la Unidad Especializada en
Investigaciones contra la Libertad y el Pudor Sexual de la Fiscalía de Santa Fe
de Bogotá, D.C., la proporción de casos en los cuales el agresor fue retenido
pasó de 11.7% en 1996 a 27.5% en 1997, lo cual significa un incremento en
términos absolutos de 15.8 puntos porcentuales. La proporción de casos en los
cuales hubo sentencia condenatoria pasó de 4.6% en 1996 a 19% en 1997.(6)
En
un estudio adelantado en 1996 por Ordoñez, Gutiérrez y Ochoa, sobre ancianas y
ancianos institucionalizados, se encontró que el 53% de ellos nunca era
visitado por familiares o amigos, y un 83% de quienes tienen familia nunca eran
llevados a sus casas. En el 88% de los casos la familia no pagaba los servicios
de la institución, ni los medicamentos, ni les llevaba ropa, dinero o regalos.
A estos factores, junto con la angustia provocada por la senilidad, el
padecimiento de enfermedades y el encierro forzoso, se atribuye la cifra de
suicidios de personas mayores de 75 años registrada por el Instituto Nacional
de Medicina Legal y Ciencias Forenses que es de 5 por cada 100 ancianos.
Se
desconocen datos de Colombia sobre el maltrato en la familia a personas con
discapacidad. Se estima que en este país, el 2.1% de la población vive con
alguna forma de discapacidad. La limitación más frecuente es la ceguera,
seguida de la sordera y el retraso o deficiencia mental.(7) Estudios
internacionales señalan que la población con discapacidad tiene hasta 50 veces
más probabilidad de ser violentada que la población sin limitaciones evidentes.
Adicionalmente, la violencia intrafamiliar y el maltrato son generadoras de
discapacidad en la población que es víctima de éstos.
III.
OBJETIVOS
A.
GENERAL
Contribuir
a la construcción de paz y convivencia familiar y a la consolidación de
familias democráticas tolerantes a las diferencias, respetuosas de la dignidad
y de los derechos de sus miembros sin distingos de condición, edad, género,
cultura, y capacidad física e intelectual.
B.
ESPECÍFICOS
1.
Prevenir las relaciones violentas al interior de las familias incidiendo sobre
los valores, los comportamientos y las actitudes que originan y perpetúan este
tipo de relaciones, promoviendo y fortaleciendo los factores protectores de la
familia, de la pareja, del individuo y de las comunidades.
2.
Garantizar la acción oportuna de las instituciones frente a los factores
desencadenantes de violencia intrafamiliar; la detección temprana y la atención
preventiva, frente al inicio de actos violentos en la familia y en los espacios
sustitutivos de la vida familiar.
3.
Garantizar la calidad, la disponibilidad, el acceso, y la utilización de los
servicios de salud, justicia, seguridad y protección para la atención de los
casos de violación de derechos en la familia y en los espacios sustitutivos de
la vida familiar.
4.
Desarrollar modelos para la rehabilitación psico-social de abusadores de
menores de edad, y de los perpetradores de violencia conyugal.
5.
Mejorar el conocimiento que se tiene de la violencia intrafamiliar y de las
formas de intervenirla.
6.
Fortalecer la coordinación, articulación, seguimiento y evaluación
interinstitucional y comunitaria de los programas y servicios en los distintos
niveles territoriales para la prevención, detección temprana y atención de la
violencia intrafamiliar.
IV.
COMPONENTES Y LINEAS DE ACCIÓN
1.
Prevención de los factores que contribuyen al uso de la violencia en la familia
y promoción de los factores protectores
La
intervención en prevención se concibe como un proceso integral y continuo de
promoción del desarrollo del capital humano y social, que busca tener impacto
en la sociedad en general. Las acciones están orientadas a incidir en el cambio
de los patrones socioculturales que justifican y alimentan las relaciones
violentas al interior de la familia, a fortalecer los factores protectores de
los individuos y las parejas y a generar redes y procesos comunitarios que
contengan el acto violento. Este componente tiene tres líneas de acción: a)
comunicación social para el cambio cultural; b) fortalecimiento de los factores
protectores de la familia, de la pareja y del individuo; y c) fortalecimiento
de los factores protectores comunitarios.
2.
Vigilancia y detección temprana de la utilización de la violencia como forma de
relación y de resolución del conflicto en el hogar
La
intervención adecuada y oportuna sobre los individuos y/o familias, con
anterioridad a los episodios de violencia o cuando éstos aún no se han
rutinizado, y el establecimiento de programas preventivos; aminora los costos
sociales de la violencia y evita la disolución de los lazos familiares; se
logra con ello mitigar los daños emocionales sobre los miembros afectados del
grupo familiar, la fijación de patrones violentos de comportamiento y la
reproducción intergeneracional de la violencia.
Este
componente tiene tres líneas de acción: a) diseño y puesta en marcha de un
sistema de vigilancia sectorial; b) implementación de mecanismos de detección
temprana, atención preventiva, referencia y contrareferencia de los individuos
y familias en riesgo o víctimas de episodios de violencia intrafamiliar; y c)
detección temprana y atención preventiva de los niños, niñas y jóvenes que
presentan comportamientos sexualmente inapropiados y/o comportamientos
agresivos inapropiados.
3.
Atención integral a individuos y familias víctimas de violencia intrafamiliar y
atención a los agresores.
Con
este componente se busca atender de manera ética, efectiva y consistente a
través del tiempo, tanto a la víctima y a su familia, como al agresor, en
especial si es menor de edad o ha generado violencia conyugal. Este componente
tiene dos líneas de acción: a) atención a las personas y/o familias que hayan
sido sujetos de violencia intrafamiliar; y b) atención a agresores de violencia
intrafamiliar, en especial menores de edad y agresores de violencia conyugal.
La
característica de integralidad de la Política requiere el desarrollo de cinco
estrategias: a) desarrollo normativo; b) acompañamiento técnico y cualificación
de la gestión; c) comunicación y movilización social; d) investigación; y e) desarrollo
de un sistema de información en violencia intrafamiliar.
V.
COMPETENCIAS INSTITUCIONALES
La
Consejería Presidencial para la Política Social como unidad coordinadora de la
política haz paz debe integrar las acciones de las
diferentes entidades y la sociedad en general, realizar el seguimiento y la
evaluación del programa, y retroalimentar los procesos adelantados por los
entes ejecutores. Las entidades involucradas participarán en la ejecución de la
política con base en los siguientes lineamientos:
1)
En el Componente de Prevención:
a)
Línea de acción para el Cambio Cultural:
· Ministerio
de Educación: fomentar y promover una cultura que permita el
desarrollo libre e integral de la personalidad de las niñas y los niños y
vigilar que esto siga siendo plasmado en los Planes Educativos Institucionales.
· Ministerio
de Comunicaciones: a) utilizar los medios de comunicación como parte
de una estrategia global de educación que fortalezca una cultura de relaciones
democráticas en la familia, y b) generar lineamientos ejercer la vigilancia y
el control de la violencia y la pornografía en los programas dirigidos a
audiencias infantiles y juveniles.
· Procuraduría
General de la Nación: ejercer vigilancia superior de la conducta oficial de
quienes desempeñen funciones públicas, adelantar las investigaciones
correspondientes, e imponer las respectivas sanciones conforme a la ley, a
través de la delegada competente.
· Defensoría
del Pueblo: velar porque las entidades de gobierno responsables de la
transmisión de valores adecuen en todo momento su accionar al respeto de los
derechos humanos.
b)
Línea de Acción para el fortalecimiento de los factores protectores de la
familia, la pareja y el individuo:
· Consejería
Presidencial para la Equidad de la Mujer: divulgar y promover los
derechos de las mujeres, las niñas y los niños a través de la Consejería de
Equidad para la Mujer.
· Ministerio
de Salud: a) promover los servicios de atención y las redes sociales
de apoyo para familias con personas con discapacidad, b) apoyar estrategias en
la red de prestadores de servicios de salud que fortalezcan el vínculo afectivo
temprano entre madre, padre e hijos, c) fomentar acciones de prevención del
consumo de alcohol y sustancias psicoactivas en coordinación con el Programa Presidencial
Rumbos y promover la salud sexual y reproductiva, entre los jóvenes, y d)
promover servicios de atención para los adultos mayores.
· Ministerio
de Educación: a) favorecer estrategias y programas que fortalezcan el
vínculo afectivo temprano entre madres, padres e hijos y b) desarrollar el Plan
Nacional de Educación Sexual con cobertura universal y realizar su evaluación y
seguimiento.
· Ministerio
de Cultura: Apoyar mecanismos de reflexión a través de actividades
culturales.
· Instituto
Colombiano de Bienestar Familiar: a) fomentar y desarrollar en los
municipios y departamentos acciones de divulgación, información, capacitación y
consejería para prevenir la violencia intrafamiliar y sus determinantes, b)
apoyar a las autoridades municipales, departamentales y distritales en el
fortalecimiento de redes de prevención de la violencia intrafamiliar y c)
impulsar programas que fortalezcan el vínculo temprano entre padres e hijos.
· Procuraduría
General de la Nación: vigilar el cumplimiento de la Constitución, las
leyes, las decisiones judiciales y los actos administrativos.
· Defensoría
del Pueblo: velar por la divulgación, promoción y ejercicio de los
derechos humanos.
c)
Línea de acción para el fortalecimiento de los factores protectores
comunitarios:
· Ministerio
de Salud: articular en los Planes Locales de Salud estrategias de
resolución de conflictos.
· Ministerio
de Educación: continuar con la articulación en los Planes Educativos
Institucionales PEI, pedagogías para la paz, programas de resolución de
conflictos y de convivencia democrática.
· Ministerio
de la Cultura: fomentar la elaboración de planes de cultura municipal.
· Ministerio
de Justicia: a) fortalecer formas alternativas de resolución de
conflictos familiares, y b) coordinar con la Policía Nacional y el Das, el
tráfico de niñas, niños y mujeres con fines de explotación sexual.
· Instituto
Colombiano de Bienestar Familiar: fomentar en los servicios de protección
procesos de control social y de apoyo comunitario en violencia intrafamiliar.
· Red
de Solidaridad Social: impulsar y desarrollar veedurías ciudadanas y
estrategias de control social.
· Policía
Nacional: fomentar el respeto a los derechos humanos en el programa de
transformación de la Policía Nacional.
· Procuraduría
General de la Nación: interponer acciones de tutela y acciones
populares cuando se vulneren o amenacen derechos fundamentales de niños, niñas,
jóvenes y personas con discapacidad.
· Defensoría
del Pueblo: iniciar o interponer acciones constitucionales públicas de
protección de derechos.
2)
En el componente de detección temprana y vigilancia:
a)
Línea de Acción para el desarrollo de un Sistema Nacional de Vigilancia
Intersectorial dirigida
por el Ministerio de Salud.
b)
Línea de acción para la detección temprana de víctimas o situaciones de
violencia intrafamiliar:
· Ministerio
de Salud: generar lineamientos para detectar tempranamente, prestar
atención preventiva y establecer mecanismos de referencia y contrareferencia en
los
casos de sospecha de maltrato o abuso sexual en la población con o sin
discapacidad atendida por la red prestadora de servicios.
· Ministerio
de Educación: promover en las instituciones del sector la detección
temprana, la prestación de atención preventiva y el establecimiento de
mecanismos de referencia y contrareferencia en los casos de sospecha de
maltrato o abuso sexual.
· Ministerio
de Trabajo: reglamentar el trabajo infantil y vigilar y sancionar las
situaciones de explotación laboral de niños y niñas.
· Instituto
Colombiano de Bienestar Familiar: detectar tempranamente, prestar atención
preventiva y el establecer mecanismos de referencia y contrareferencia en los
casos de sospecha de maltrato o abuso sexual en la población atendida por la
red de prevención y protección.
· Procuraduría
General de la Nación: velar por la defensa de los derechos
fundamentales de las personas en las entidades de carácter público o privado.
3)
En el componente de atención
a)
Línea de acción de atención a las personas y/o familias que hayan estado
expuestas a episodios de violencia intrafamiliar y/o maltrato o abuso sexual.
· Ministerio
de Salud: a) prestar los servicios de atención inmediata en salud y de
rehabilitación en salud mental, y b) garantizar la cobertura y el control de
calidad de todos los servicios de su competencia.
· Ministerio
de Justicia: apoyar los procesos de capacitación de las Comisarias de
Familia en el tema de conciliación.
· Instituto
Colombiano de Bienestar Familiar: a) atender la recepción de los casos, b)
prestar los servicios de protección requeridos y c) garantizar la cobertura y
el control de calidad de todos los servicios de su competencia.
· Instituto
Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses: a) realizar las pruebas
periciales y b) garantizar la cobertura y el control de calidad de todos los
servicios de su competencia.
· Consejo
Superior de la Judicatura: controlar y vigilar el cumplimiento de
competencias en violencia intrafamiliar de los jueves civiles municipales,
promiscuos municipales y penales.
· Policía
Nacional: proteger de manera inmediata a la víctima, dar a conocer los
derechos a las partes, y preservar las pruebas.
· Fiscalía
General de la Nación: a) recibir la denuncia cuando se trate de un
evento de trascendencia penal como lo contempla la Ley 575 del 2000, b)
realizar el trámite ante los juzgados y tribunales competentes, c) investigar
los delitos contra la unidad y armonía familiar y d) garantizar la cobertura y
el control de calidad de todos los servicios de su competencia.
· Procuraduría
General de la Nación: a) velar por la defensa de los derechos
fundamentales de las personas en las entidades públicas o privadas y b)
intervenir en los procesos y ante las autoridades judiciales o administrativas,
en defensa del orden jurídico, del patrimonio público, o de los derechos y
garantías fundamentales.
· Defensoría
del Pueblo: velar porque se respeten los derechos de la víctima y el
victimario.
b)
Línea de acción para la atención a agresores de violencia intrafamiliar, en
especial los menores de edad y los agresores de violencia conyugal
· Ministerio
de Salud: prestar servicios de atención en crisis en salud mental a
agresores de violencia conyugal.
· Ministerio
de Justicia: garantizar a través del INPEC, el desarrollo de programas que
atiendan al cumplimiento de los fines de la pena, entre ellos la rehabilitación
o resocialización.
· Instituto
Colombiano de Bienestar Familiar: prestar servicios de reeducación y
rehabilitación para los y las jóvenes agresores.
· Defensoría
del Pueblo: prestar el servicio de defensoría pública al agresor o a la
víctima cuando fuere necesario.
VI.
RECOMENDACIONES
El
Departamento Nacional de Planeación recomienda al CONPES: Aprobar la Política
de Construcción de Paz y Convivencia Familiar haz paz expuesta
en el presente documento. Recomendar a cada una de las entidades que componen
el Comité Técnico(8) apoyar la ejecución de la política, con sus recursos
humanos y financieros y en la medida de sus competencias, tal como se detalla
en los anexos 1 y 2.
A
la Consejería de Política Social:
·
Definir el plan de acción en donde se detallen cada uno de los compromisos y
responsabilidades de las entidades que componen el Comité Técnico de haz
paz;
·
Mantener como instancia transitoria a la Unidad Coordinadora haz paz,
para articular y dinamizar la Política y el Plan de Acción en las entidades
competentes del nivel nacional y en los entes territoriales.
·
Institucionalizar la Unidad Coordinadora haz paz en una
entidad del orden nacional.
A
las entidades territoriales, articular dentro de sus planes de desarrollo
departamental y/o municipal, la política de haz paz.
Al
Departamento Nacional de Planeación, elaborar los indicadores de evaluación de
la política a partir de los lineamientos del Sistema Nacional de Evaluación de
Resultados – SINERGIA-.
_________________________
(1)
La Ley 294 sancionó como delitos autónomos las conductas violentas producidas
en el seno de la familia, incluida la violencia sexual entre cónyuges y creó
mecanismos de protección especial para el sujeto agredido en el marco del
conflicto familiar
(2)
La Ley 360 de 1.997,(5) reguló de manera especial, delitos contra la libertad
sexual y la dignidad humana, aumentando las penas, prohibiendo la libertad
provisional para las personas investigadas por este delito y consagrando
derechos igualmente especiales para las víctimas: trato digno, privacidad, respeto,
información, acceso a orientación y consejería.
(3)
ICBF – Fundación FES, Investigación sobre maltrato infantil en Colombia,
1985/1996, Estado del Arte, Tomo 1.
(4)
ICBF – Fundación FES, Investigación sobre maltrato infantil en Colombia,
1985/1996, Estado del Arte, Tomo 1.
(5)
Reguló de manera especial los delitos contra la libertad sexual y la dignidad
humana.
(6)
Consejería Presidencial para la Política Social, Sistema Nacional
contra el Maltrato Infantil y el Abuso Sexual, 1998.
(7)
Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas-DANE - Censo de Población
de 1993.
(8)
Las entidades que conforman el Comité Técnico son: el Departamento Nacional de
Planeación, las Consejerías Presidenciales para la Política Social y para la
Equidad para la Mujer, los Ministerios de Salud, Educación, Comunicaciones,
Cultura, Trabajo, y Justicia, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, el
Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, la Red de Solidaridad
Social, el Consejo Superior de la Judicatura, la Fiscalía General de la Nación,
la Policía Nacional, la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del
Pueblo, el Programa Presidencial para la Convivencia y Seguridad Ciudadana y el
Programa Presidencia Rumbos.
Publicado por: Mauricio Cadena R.