MECANISMOS ALTERNATIVOS Y ALTERNOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS COMO
JUSTICIA RESTAURATIVA. Y NUEVO SISTEMA INFORMAL DE JUSTICIA QUE APUESTA POR LA
PLURALIDAD O LA CONTROVERSIA JURÍDICA DENTRO DEL MARCO CONSTITUCIONAL
Para fortuna de
todos nosotros en los últimos años la legislación Colombiana ha venido velando
por la implementación por mecanismos alternativos de solución de conflictos que
puedan ayudar a la excesivamente saturada rama judicial en lo que respecta a la
solución de los conflictos que aquejan a la sociedad.
La
implementación dela constitución política de Colombia y el nuevo sistema penal
acusatorio mediante la ley 906 de 2004 ,ley 1098 del 2006 el nuevo código de
infancia adolescencia sumado a otras disposiciones legales han permitido una
importante ampliación de la oferta de mecanismos alternativos al sistema penal
retributivo, impulsada como parte de una política nacional orientada al
restablecimiento de los derechos de las víctimas y a la generación de
alternativas a la judicialización de los conflictos, sumado esto al
acompañamiento de una institucionalidad sólida, representada en la creación de
nuevas figuras y servicios que deben estar acordes con los planteamientos y requerimientos
del nuevo paradigma restaurativo que se viene planteando en los últimos
tiempos.
Resulta
interesante considerar la Justicia Restaurativa como una visión alternativa
solo del proceso penal, pero no debemos dejar a un lado y desconocer la gran
ayuda y apoyo que nos brindaría la justicia restaurativa en las otras áreas del
derecho ,Por tanto resulta de vital importancia un mecanismo que brinde una
solución alternativa a este tipo de conflictos algún tipo de institución cuyo
servicio brindado sea un modelo de justicia restaurativa tanto en el sistema
mixto como en el Sistema ordinario , donde Por tanto se puede asumir que la
justicia restaurativa permite el restablecimiento pleno de los derechos de las
víctimas porque se puede llegar a detenerla problemática y brindar nuevas
medidas de solución de los conflictos y Consideramos que los llamados “círculos
restaurativos” son la mejor forma de abordar el problema, no solo porque el
modelo haya resultado eficiente en otro países latinoamericanos, sino porque es
el que consideramos que más se ajusta a la realidad nacional, donde resulta
indispensable la ayuda constante y recurrente de los terceros neutrales para
garantizar que el proceso se surta según lo acordado y se logre dar una
verdadera reparación integral del daño. La coexistencia de más de un campo
jurídico en el mismo espacio social provoca la necesidad de una interpretación
muy sencilla de las leyes, el reconocimiento de diferentes roles, dinámicas y
fines sociales del estado para propender y promover los principios básicos
delos distintos niveles de la estructura del estado social de derecho dentro de
un sector de la población y sus instituciones. lo cual nos conduce a la
generación de proyectos como base para lograr definir un sistema informal de
justicia.
En el cual
se encuentren prácticas comunes y simples de solución de conflictos culturales
y métodos no judiciales (informales) reconocidos por la ley para resolver
conflictos y administrar justicia Estos métodos relevantes en el panorama de
los diversos países ponen de presente no solo la diversidad cultural, social y
jurídica de éstos, sino que visibilizan la imposibilidad del estado para
regular todos los espacios sociales que giran entorno a la administración de
justicia de nuestro país por eso los grandes estudiosos e investigadores
generan controversia frente a la discusión de la implementación de los MASC en
América Latina y en el mundo , especialmente Colombia y el definir qué es un
sistema informal de justicia para el mismo estado , sus ciudadanos .que permite
establecer un primer intento de acercamiento a la idea de materializar.
http://www.voicesofyouth.org/es/posts/mecanismos-alternativos-de-solucion-de-conflictos
Agregado
por Aceneth Fuentes Psicología Politécnico Grancolombiano
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