lunes, 14 de septiembre de 2015

MANEJO DE CONFLICTO DESDE LA FAMILIA

DOCUMENTO CONPES DNP-3077-UDS
(Bogotá, junio 01 de 2000)

DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN
POLITICA NACIONAL PARA LA CONSTRUCCIÓN DE PAZ Y CONVIVENCIA FAMILIAR -HAZ PAZ

Documento original: CONPES DNP-3077-UDS

CONTENIDO
I.   INTRODUCCIÓN
II.   DIAGNÓSTICO
III.   OBJETIVOS
1. GENERAL
2. ESPECIFICOS
IV. COMPONENTES Y LINEAS DE ACCIÓN
1. Prevención de los factores que originan y mantienen la respuesta violenta en la familia y en los espacios cotidianos.
2. Vigilancia y detección temprana de la utilización de la violencia como forma de relación y de resolución del conflicto en el hogar.
3. Atención de las personas y familias con episodios de violencia y maltrato infantil y atención de agresores de violencia doméstica y maltrato y abuso sexual infantil.
V.    COMPETENCIAS INSTITUCIONALES
VI.    RECOMENDACIONES

I. INTRODUCCIÓN
En Colombia, la violencia como medio de resolución de diferencias y conflictos se presenta también al interior de las familias. La Ley 294 de 1996 reconoció a la violencia en la familia como delito y la Ley 360 de 1997 amplió el espectro de posibilidades de intervención en el caso de abuso sexual; estas normas han permitido poner en evidencia un número cada vez mayor de casos de violencia física y abuso sexual en la familia y dimensionar el problema:
· Entre 1996 y 1998, del total de dictámenes del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses (INML y CF), alrededor del 82% correspondió a maltrato conyugal y en el 93% de los casos la víctima fue una mujer.
· En la Encuesta de Demografía y Salud, realizada en 1990 y 1995, una de cada cinco mujeres dijeron haber sido maltratadas físicamente por su cónyuge o compañero, esta proporción se incrementa en las mujeres sin educación y con 4 ó más hijos.
· El INML y CF dictaminó un total de 9.611 casos de maltrato infantil en 1998. De los casos de delito sexual evidente contra menores de edad registrados en Bogotá en el primer semestre de 1997, el 89% fueron contra niñas y mujeres jóvenes y el 93% fueron cometidos por persona conocida como el padre, padrastro u otro familiar.
· En 1998, alrededor del 50% las víctimas de abuso sexual dictaminadas por el INML y CF fueron niñas de 5 a 14 años. En el sexo masculino los más afectados fueron los niños entre 1 y 4 años
Teniendo en cuenta estos hechos, y en cumplimiento de la Constitución, y consecuente con el compromiso adquirido en el Plan Nacional de Desarrollo con la construcción de paz, el gobierno ha asumido el desafío de prevenir y combatir la violencia intrafamiliar, diseñando una política pública dirigida al fortalecimiento de la paz al interior de hogar y al respeto de los derechos de sus miembros sin distingo de condición, edad, genero, cultura y capacidad física e intelectual.
Haz paz articula y dinamiza los programas y proyectos existentes en el Estado. A través de haz paz, el gobierno nacional busca unificar los propósitos, los criterios y las estrategias de los diferentes programas que trabajan en el mejoramiento de las relaciones familiares, en la prevención de la violencia intrafamiliar, y en la atención de sus consecuencias. Su fortaleza radica en lograr propósitos comunes, a partir de acciones sectoriales que mantienen su especificidad, pero que orientan su quehacer al logro de la integralidad de la política. El resultado de esta acción armonizadora de las diferentes entidades del Estado, debe generar un impacto sobre las condiciones de vida de las familias y las comunidades. Estos procesos de articulación, armonización y de consolidación de propósitos comunes deben propiciarse en todos y entre todos los niveles territoriales.
El gobierno busca prevenir y controlar la violencia intrafamiliar, con una estrategia orientada a apoyar a los individuos, a las familias y a las comunidades en su misión de transmitir principios y valores democráticos y de convivencia; así mismo, a dotar a los núcleos básicos de la comunidad de los instrumentos apropiados para resolver los conflictos en forma pacífica. Se busca también incrementar y cualificar la prestación de servicios a las familias en conflicto y a las víctimas de violencia intrafamiliar, a través de una articulación de los sectores de educación, justicia, salud, seguridad y protección.
La política de construcción de paz y convivencia familiar haz paz propone un cambio en la cultura y en el ideario colectivo que incida sobre los factores que originan y mantienen la respuesta violenta en la familia, en lo que se refiere a: el papel disciplinario de los padres y madres con los hijos e hijas y la forma de ejercer autoridad; la subordinación de la mujer al hombre; la relación con los miembros más débiles de la familia y el papel de la sociedad y de las instituciones en ayudar a resolver los conflictos de la familia.
Para el éxito en la ejecución de una política de esta naturaleza se requiere la participación de todos los sectores del ejecutivo, del Ministerio Público, de la rama judicial, y de los órganos legislativos, en el orden nacional, departamental y municipal y de la sociedad en su conjunto. Estos órganos deben articular su acción desde el diseño del Plan de Acción, en la elaboración de los proyectos y programas, y en la prestación de los servicios de prevención, detección temprana y atención al conflicto familiar.
El programa estará orientado por la Consejería de Política Social, que buscará la institucionalización de la política, así como su continuidad y sostenibilidad. Su ejecución estará a cargo de las siguientes entidades: Ministerios de Salud, Educación, Justicia, Interior, Cultura, Trabajo y Comunicaciones; la Red de Solidaridad Social; el Instituto de Bienestar Familiar; la Defensoría del Pueblo; el Consejo Superior de la Judicatura; la Procuraduría y la Fiscalía General de la Nación; el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses; la Policía Nacional; el programa presidencial Rumbos y los distintos niveles de las entidades territoriales, cada una en su especialidad y según sus funciones.
II.    DIAGNOSTICO
Las cifras sobre violencia intrafamiliar de Colombia, revelan de manera muy clara, que la violencia, como medio de resolución de los conflictos, está presente en gran magnitud al interior de las familias. A raíz de la expedición de la Ley 294 de 1996(1), que dio reconocimiento legítimo a la violencia en la familia como delito, y de la Ley 360(2) de 1997, que amplió el espectro de posibilidades de intervención en el caso de abuso sexual, se ha puesto en conocimiento de las autoridades un número cada vez mayor de casos de violencia física y abuso sexual en la familia.
La primera y principal forma de violencia en la familia se presenta entre cónyuges. Entre 1996 y 1998, del total de dictámenes que efectuó el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses – INML y CF - en mayores de 18 años, alrededor del 82% correspondió a maltrato conyugal y en el 93% de los casos la víctima fue una mujer. Igualmente, la Encuesta Nacional de Demografía y Salud (ENDS), muestra que tanto en 1990 como en 1995 una de cada cinco mujeres refirieron haber sido maltratadas físicamente por su cónyuge o compañero; esta proporción se incrementa en las mujeres sin educación y con 4 o más hijos. En la misma encuesta, del total de mujeres golpeadas por su cónyuge, sólo el 27% denunció el hecho ante las autoridades. Sin embargo, la tendencia a reportar el maltrato ha aumentado en los últimos años.
El INML y CF dictaminó un total de 9.611 casos de maltrato infantil en 1998. Una de las formas de violencia contra los niños y las niñas que menos se denuncian es el abuso sexual. De los casos de delito sexual evidente contra menores de edad, que conoció INML y CF en Bogotá en el primer semestre de 1997, el 89% fue contra niñas y mujeres jóvenes y el 93% fueron cometidos por persona conocida como el padre, padrastro u otro familiar. En 1998, del total de dictámenes de INMLyCF por abuso sexual, en alrededor del 50% las víctimas fueron niñas de 5 a 14 años. En el sexo masculino, los más afectados fueron los niños entre uno y cuatro años.
Una proporción de menores de edad, difícil de establecer, es explotada sexualmente, por lo general por su misma familia o adultos cercanos. El estudio del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar-ICBF- y la Fundación para la Educación Superior -FES -(3) estimó que 21.000 menores podrían ser víctimas de esta forma de abuso sexual en todo el país. En 1996, el ICBF registró alrededor de cuarenta mil historias de menores de edad que se encontraban en situación de abandono, maltrato o negligencia.(4)
Posterior a la Ley 360 de 19975 se observaron avances en la sanción del abuso sexual. Por ejemplo, de los casos de abuso sexual reportados por la Unidad Especializada en Investigaciones contra la Libertad y el Pudor Sexual de la Fiscalía de Santa Fe de Bogotá, D.C., la proporción de casos en los cuales el agresor fue retenido pasó de 11.7% en 1996 a 27.5% en 1997, lo cual significa un incremento en términos absolutos de 15.8 puntos porcentuales. La proporción de casos en los cuales hubo sentencia condenatoria pasó de 4.6% en 1996 a 19% en 1997.(6)
En un estudio adelantado en 1996 por Ordoñez, Gutiérrez y Ochoa, sobre ancianas y ancianos institucionalizados, se encontró que el 53% de ellos nunca era visitado por familiares o amigos, y un 83% de quienes tienen familia nunca eran llevados a sus casas. En el 88% de los casos la familia no pagaba los servicios de la institución, ni los medicamentos, ni les llevaba ropa, dinero o regalos. A estos factores, junto con la angustia provocada por la senilidad, el padecimiento de enfermedades y el encierro forzoso, se atribuye la cifra de suicidios de personas mayores de 75 años registrada por el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses que es de 5 por cada 100 ancianos.
Se desconocen datos de Colombia sobre el maltrato en la familia a personas con discapacidad. Se estima que en este país, el 2.1% de la población vive con alguna forma de discapacidad. La limitación más frecuente es la ceguera, seguida de la sordera y el retraso o deficiencia mental.(7) Estudios internacionales señalan que la población con discapacidad tiene hasta 50 veces más probabilidad de ser violentada que la población sin limitaciones evidentes. Adicionalmente, la violencia intrafamiliar y el maltrato son generadoras de discapacidad en la población que es víctima de éstos.
III.   OBJETIVOS
A. GENERAL
Contribuir a la construcción de paz y convivencia familiar y a la consolidación de familias democráticas tolerantes a las diferencias, respetuosas de la dignidad y de los derechos de sus miembros sin distingos de condición, edad, género, cultura, y capacidad física e intelectual.
B. ESPECÍFICOS
1. Prevenir las relaciones violentas al interior de las familias incidiendo sobre los valores, los comportamientos y las actitudes que originan y perpetúan este tipo de relaciones, promoviendo y fortaleciendo los factores protectores de la familia, de la pareja, del individuo y de las comunidades.
2. Garantizar la acción oportuna de las instituciones frente a los factores desencadenantes de violencia intrafamiliar; la detección temprana y la atención preventiva, frente al inicio de actos violentos en la familia y en los espacios sustitutivos de la vida familiar.
3. Garantizar la calidad, la disponibilidad, el acceso, y la utilización de los servicios de salud, justicia, seguridad y protección para la atención de los casos de violación de derechos en la familia y en los espacios sustitutivos de la vida familiar.
4. Desarrollar modelos para la rehabilitación psico-social de abusadores de menores de edad, y de los perpetradores de violencia conyugal.
5. Mejorar el conocimiento que se tiene de la violencia intrafamiliar y de las formas de intervenirla.
6. Fortalecer la coordinación, articulación, seguimiento y evaluación interinstitucional y comunitaria de los programas y servicios en los distintos niveles territoriales para la prevención, detección temprana y atención de la violencia intrafamiliar.
IV.    COMPONENTES Y LINEAS DE ACCIÓN
1. Prevención de los factores que contribuyen al uso de la violencia en la familia y promoción de los factores protectores
La intervención en prevención se concibe como un proceso integral y continuo de promoción del desarrollo del capital humano y social, que busca tener impacto en la sociedad en general. Las acciones están orientadas a incidir en el cambio de los patrones socioculturales que justifican y alimentan las relaciones violentas al interior de la familia, a fortalecer los factores protectores de los individuos y las parejas y a generar redes y procesos comunitarios que contengan el acto violento. Este componente tiene tres líneas de acción: a) comunicación social para el cambio cultural; b) fortalecimiento de los factores protectores de la familia, de la pareja y del individuo; y c) fortalecimiento de los factores protectores comunitarios.
2. Vigilancia y detección temprana de la utilización de la violencia como forma de relación y de resolución del conflicto en el hogar
La intervención adecuada y oportuna sobre los individuos y/o familias, con anterioridad a los episodios de violencia o cuando éstos aún no se han rutinizado, y el establecimiento de programas preventivos; aminora los costos sociales de la violencia y evita la disolución de los lazos familiares; se logra con ello mitigar los daños emocionales sobre los miembros afectados del grupo familiar, la fijación de patrones violentos de comportamiento y la reproducción intergeneracional de la violencia.
Este componente tiene tres líneas de acción: a) diseño y puesta en marcha de un sistema de vigilancia sectorial; b) implementación de mecanismos de detección temprana, atención preventiva, referencia y contrareferencia de los individuos y familias en riesgo o víctimas de episodios de violencia intrafamiliar; y c) detección temprana y atención preventiva de los niños, niñas y jóvenes que presentan comportamientos sexualmente inapropiados y/o comportamientos agresivos inapropiados.
3. Atención integral a individuos y familias víctimas de violencia intrafamiliar y atención a los agresores.
Con este componente se busca atender de manera ética, efectiva y consistente a través del tiempo, tanto a la víctima y a su familia, como al agresor, en especial si es menor de edad o ha generado violencia conyugal. Este componente tiene dos líneas de acción: a) atención a las personas y/o familias que hayan sido sujetos de violencia intrafamiliar; y b) atención a agresores de violencia intrafamiliar, en especial menores de edad y agresores de violencia conyugal.
La característica de integralidad de la Política requiere el desarrollo de cinco estrategias: a) desarrollo normativo; b) acompañamiento técnico y cualificación de la gestión; c) comunicación y movilización social; d) investigación; y e) desarrollo de un sistema de información en violencia intrafamiliar.
V.    COMPETENCIAS INSTITUCIONALES
La Consejería Presidencial para la Política Social como unidad coordinadora de la política haz paz debe integrar las acciones de las diferentes entidades y la sociedad en general, realizar el seguimiento y la evaluación del programa, y retroalimentar los procesos adelantados por los entes ejecutores. Las entidades involucradas participarán en la ejecución de la política con base en los siguientes lineamientos:
1) En el Componente de Prevención:
a) Línea de acción para el Cambio Cultural:
· Ministerio de Educación: fomentar y promover una cultura que permita el desarrollo libre e integral de la personalidad de las niñas y los niños y vigilar que esto siga siendo plasmado en los Planes Educativos Institucionales.
· Ministerio de Comunicaciones: a) utilizar los medios de comunicación como parte de una estrategia global de educación que fortalezca una cultura de relaciones democráticas en la familia, y b) generar lineamientos ejercer la vigilancia y el control de la violencia y la pornografía en los programas dirigidos a audiencias infantiles y juveniles.
· Procuraduría General de la Nación: ejercer vigilancia superior de la conducta oficial de quienes desempeñen funciones públicas, adelantar las investigaciones correspondientes, e imponer las respectivas sanciones conforme a la ley, a través de la delegada competente.
· Defensoría del Pueblo: velar porque las entidades de gobierno responsables de la transmisión de valores adecuen en todo momento su accionar al respeto de los derechos humanos.
b) Línea de Acción para el fortalecimiento de los factores protectores de la familia, la pareja y el individuo:
· Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer: divulgar y promover los derechos de las mujeres, las niñas y los niños a través de la Consejería de Equidad para la Mujer.
· Ministerio de Salud: a) promover los servicios de atención y las redes sociales de apoyo para familias con personas con discapacidad, b) apoyar estrategias en la red de prestadores de servicios de salud que fortalezcan el vínculo afectivo temprano entre madre, padre e hijos, c) fomentar acciones de prevención del consumo de alcohol y sustancias psicoactivas en coordinación con el Programa Presidencial Rumbos y promover la salud sexual y reproductiva, entre los jóvenes, y d) promover servicios de atención para los adultos mayores.
· Ministerio de Educación: a) favorecer estrategias y programas que fortalezcan el vínculo afectivo temprano entre madres, padres e hijos y b) desarrollar el Plan Nacional de Educación Sexual con cobertura universal y realizar su evaluación y seguimiento.
· Ministerio de Cultura: Apoyar mecanismos de reflexión a través de actividades culturales.
· Instituto Colombiano de Bienestar Familiar: a) fomentar y desarrollar en los municipios y departamentos acciones de divulgación, información, capacitación y consejería para prevenir la violencia intrafamiliar y sus determinantes, b) apoyar a las autoridades municipales, departamentales y distritales en el fortalecimiento de redes de prevención de la violencia intrafamiliar y c) impulsar programas que fortalezcan el vínculo temprano entre padres e hijos.
· Procuraduría General de la Nación: vigilar el cumplimiento de la Constitución, las leyes, las decisiones judiciales y los actos administrativos.
· Defensoría del Pueblo: velar por la divulgación, promoción y ejercicio de los derechos humanos.
c) Línea de acción para el fortalecimiento de los factores protectores comunitarios:
· Ministerio de Salud: articular en los Planes Locales de Salud estrategias de resolución de conflictos.
· Ministerio de Educación: continuar con la articulación en los Planes Educativos Institucionales PEI, pedagogías para la paz, programas de resolución de conflictos y de convivencia democrática.
· Ministerio de la Cultura: fomentar la elaboración de planes de cultura municipal.
· Ministerio de Justicia: a) fortalecer formas alternativas de resolución de conflictos familiares, y b) coordinar con la Policía Nacional y el Das, el tráfico de niñas, niños y mujeres con fines de explotación sexual.
· Instituto Colombiano de Bienestar Familiar: fomentar en los servicios de protección procesos de control social y de apoyo comunitario en violencia intrafamiliar.
· Red de Solidaridad Social: impulsar y desarrollar veedurías ciudadanas y estrategias de control social.
· Policía Nacional: fomentar el respeto a los derechos humanos en el programa de transformación de la Policía Nacional.
· Procuraduría General de la Nación: interponer acciones de tutela y acciones populares cuando se vulneren o amenacen derechos fundamentales de niños, niñas, jóvenes y personas con discapacidad.
· Defensoría del Pueblo: iniciar o interponer acciones constitucionales públicas de protección de derechos.
2) En el componente de detección temprana y vigilancia:
a) Línea de Acción para el desarrollo de un Sistema Nacional de Vigilancia
Intersectorial dirigida por el Ministerio de Salud.
b) Línea de acción para la detección temprana de víctimas o situaciones de violencia intrafamiliar:
· Ministerio de Salud: generar lineamientos para detectar tempranamente, prestar atención preventiva y establecer mecanismos de referencia y contrareferencia en
los casos de sospecha de maltrato o abuso sexual en la población con o sin discapacidad atendida por la red prestadora de servicios.
· Ministerio de Educación: promover en las instituciones del sector la detección temprana, la prestación de atención preventiva y el establecimiento de mecanismos de referencia y contrareferencia en los casos de sospecha de maltrato o abuso sexual.
· Ministerio de Trabajo: reglamentar el trabajo infantil y vigilar y sancionar las situaciones de explotación laboral de niños y niñas.
· Instituto Colombiano de Bienestar Familiar: detectar tempranamente, prestar atención preventiva y el establecer mecanismos de referencia y contrareferencia en los casos de sospecha de maltrato o abuso sexual en la población atendida por la red de prevención y protección.
· Procuraduría General de la Nación: velar por la defensa de los derechos fundamentales de las personas en las entidades de carácter público o privado.
3) En el componente de atención
a) Línea de acción de atención a las personas y/o familias que hayan estado expuestas a episodios de violencia intrafamiliar y/o maltrato o abuso sexual.
· Ministerio de Salud: a) prestar los servicios de atención inmediata en salud y de rehabilitación en salud mental, y b) garantizar la cobertura y el control de calidad de todos los servicios de su competencia.
· Ministerio de Justicia: apoyar los procesos de capacitación de las Comisarias de Familia en el tema de conciliación.
· Instituto Colombiano de Bienestar Familiar: a) atender la recepción de los casos, b) prestar los servicios de protección requeridos y c) garantizar la cobertura y el control de calidad de todos los servicios de su competencia.
· Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses: a) realizar las pruebas periciales y b) garantizar la cobertura y el control de calidad de todos los servicios de su competencia.
· Consejo Superior de la Judicatura: controlar y vigilar el cumplimiento de competencias en violencia intrafamiliar de los jueves civiles municipales, promiscuos municipales y penales.
· Policía Nacional: proteger de manera inmediata a la víctima, dar a conocer los derechos a las partes, y preservar las pruebas.
· Fiscalía General de la Nación: a) recibir la denuncia cuando se trate de un evento de trascendencia penal como lo contempla la Ley 575 del 2000, b) realizar el trámite ante los juzgados y tribunales competentes, c) investigar los delitos contra la unidad y armonía familiar y d) garantizar la cobertura y el control de calidad de todos los servicios de su competencia.
· Procuraduría General de la Nación: a) velar por la defensa de los derechos fundamentales de las personas en las entidades públicas o privadas y b) intervenir en los procesos y ante las autoridades judiciales o administrativas, en defensa del orden jurídico, del patrimonio público, o de los derechos y garantías fundamentales.
· Defensoría del Pueblo: velar porque se respeten los derechos de la víctima y el victimario.
b) Línea de acción para la atención a agresores de violencia intrafamiliar, en especial los menores de edad y los agresores de violencia conyugal
· Ministerio de Salud: prestar servicios de atención en crisis en salud mental a agresores de violencia conyugal.
· Ministerio de Justicia: garantizar a través del INPEC, el desarrollo de programas que atiendan al cumplimiento de los fines de la pena, entre ellos la rehabilitación o resocialización.
· Instituto Colombiano de Bienestar Familiar: prestar servicios de reeducación y rehabilitación para los y las jóvenes agresores.
· Defensoría del Pueblo: prestar el servicio de defensoría pública al agresor o a la víctima cuando fuere necesario.
VI.    RECOMENDACIONES
El Departamento Nacional de Planeación recomienda al CONPES: Aprobar la Política de Construcción de Paz y Convivencia Familiar haz paz expuesta en el presente documento. Recomendar a cada una de las entidades que componen el Comité Técnico(8) apoyar la ejecución de la política, con sus recursos humanos y financieros y en la medida de sus competencias, tal como se detalla en los anexos 1 y 2.
A la Consejería de Política Social:
· Definir el plan de acción en donde se detallen cada uno de los compromisos y responsabilidades de las entidades que componen el Comité Técnico de haz paz;
· Mantener como instancia transitoria a la Unidad Coordinadora haz paz, para articular y dinamizar la Política y el Plan de Acción en las entidades competentes del nivel nacional y en los entes territoriales.
· Institucionalizar la Unidad Coordinadora haz paz en una entidad del orden nacional.
A las entidades territoriales, articular dentro de sus planes de desarrollo departamental y/o municipal, la política de haz paz.
Al Departamento Nacional de Planeación, elaborar los indicadores de evaluación de la política a partir de los lineamientos del Sistema Nacional de Evaluación de Resultados – SINERGIA-.
_________________________
(1) La Ley 294 sancionó como delitos autónomos las conductas violentas producidas en el seno de la familia, incluida la violencia sexual entre cónyuges y creó mecanismos de protección especial para el sujeto agredido en el marco del conflicto familiar
(2) La Ley 360 de 1.997,(5) reguló de manera especial, delitos contra la libertad sexual y la dignidad humana, aumentando las penas, prohibiendo la libertad provisional para las personas investigadas por este delito y consagrando derechos igualmente especiales para las víctimas: trato digno, privacidad, respeto, información, acceso a orientación y consejería.
(3) ICBF – Fundación FES, Investigación sobre maltrato infantil en Colombia, 1985/1996, Estado del Arte, Tomo 1.
(4) ICBF – Fundación FES, Investigación sobre maltrato infantil en Colombia, 1985/1996, Estado del Arte, Tomo 1.
(5) Reguló de manera especial los delitos contra la libertad sexual y la dignidad humana.
(6) Consejería Presidencial para la Política Social, Sistema Nacional contra el Maltrato Infantil y el Abuso Sexual, 1998.
(7) Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas-DANE - Censo de Población de 1993.

(8) Las entidades que conforman el Comité Técnico son: el Departamento Nacional de Planeación, las Consejerías Presidenciales para la Política Social y para la Equidad para la Mujer, los Ministerios de Salud, Educación, Comunicaciones, Cultura, Trabajo, y Justicia, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, la Red de Solidaridad Social, el Consejo Superior de la Judicatura, la Fiscalía General de la Nación, la Policía Nacional, la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo, el Programa Presidencial para la Convivencia y Seguridad Ciudadana y el Programa Presidencia Rumbos.


Publicado por: Mauricio Cadena R.

No hay comentarios:

Publicar un comentario